Programa de Libros Electrónicos de la SUNAT | ¿Qué es, cómo presentarlos y qué obligaciones conlleva?

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¿Qué son los libros electrónicos?  

Para asegurar un mejor control y seguimiento de los registros contables, la SUNAT ha implementado el Sistema de Libros Electrónicos Contables, un programa que permite a los contribuyentes registrar las entradas y salidas de recursos de la empresa de forma virtual. Algunas particularidades vs los libros manuales son:

  • Ahorro en costos de legalización, impresión y almacenaje de libros y registros contables.
  • Se gana espacio; ya que no será necesario archivar y conservar libros y registros físicos.
  • Rápido y fácil acceso a los ejemplares de los libros; ya que estos se encuentran en el sistema y pueden ser descargados en cualquier momento.

PLE o Programa de Libros Electrónicos 

La empresa o contribuyente con el programa valida, verifica, revisa el historial y toda la información que corresponde a los libros electrónicos.

Puede descargar el programa de Libros Electrónicos en la página oficial de la SUNAT.

Consideraciones importantes:

  • Debe anotar las operaciones que corresponden en el Libro Electrónico, a partir del mes en que fue incorporado, obligado o se afilió voluntariamente.
  • Debe cerrar los Libros y/o Registros llevado en forma física (manual, en hojas sueltas o continuas) correspondiente al mes anterior al Libro Electrónico por el cual se generó el primer envío del Resumen.

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Libros contables principales y auxiliares 

Mediante el Programa de Libros Electrónicos o PLE se podrá llevar de manera digital cualquiera de los siguientes libros y registros contables en los que la empresa esté obligada:

  1. Libro Caja y Bancos.
  2. Libro de Inventarios y Balances.
  3. Libro de Retenciones Incisos e) y f) del Artículo 34° de la Ley del Impuesto a la Renta.
  4. Libro Diario.
  5. Libro Diario de Formato Simplificado.
  6. Libro Mayor.
  7. Registro de Activos Fijos.
  8. Registro de Consignaciones.
  9. Registro de Costos.
  10. Registro de Inventario Permanente en Unidades Físicas.
  11. Registro de Inventario Permanente Valorizado.
  12. Registro de Ventas e Ingresos.

¿Quiénes están obligados a presentar los PLE?

Los tipos de libros electrónicos contables que una empresa esté obligada a llevar dependerá del régimen tributario en el que se encuentre, ya sea como Persona Natural con Negocio o como Persona Jurídica, también está sujeto al volumen de ingresos anuales que obtenga la compañía con el desarrollo de sus actividades comerciales.

NRUS – Nuevo Régimen Único Simplificado: No hay obligación de llevar libros ni registros contables. Los comprobantes de pago que te emitan y aquellos que sustenten las compras realizadas son los documentos que debes conservar.

RER – Régimen Especial de Renta: Los libros contables que estarás obligado a llevar son el Registro de Compras y el Registro de Ventas.

RMT – Régimen MYPE Tributario: Dependiendo el nivel de ingresos que recibas al año, los contribuyentes deberán llevar distintos libros y registros contables, tales como:

  • Ingresos Netos hasta 300 UIT: Registros de ventas, Registros de Compras, Libro Diario de Formato Simplificado.
  • Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario, Libro Mayor.
  • Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT: Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances.

RG – Régimen General: Al igual que el anterior, los libros electrónicos que lleves dependerán del nivel de ingresos anuales:

  • Ingresos Netos hasta 300 UIT: Registro de ventas, Registro de compras, Libro Diario de Formato Simplificado.
  • Ingresos Netos desde 300 UIT hasta 500 UIT: Registro de Ventas, Registro de Compras, Libro Diario, Libro Mayor.
  • Ingresos Netos mayores a 500 UIT y que no superen las 1,700 UIT: Registro de Compras, Registro de Ventas, Libro Diario, Libro Mayor, Libro de Inventarios y Balances.
  • Ingresos Netos anuales mayores a las 1,700 UIT: Contabilidad completa, que comprende: Libro Caja y Bancos, Libro de Inventarios y Balances, Libro Diario, Libro Mayor, Registro de Ventas y Registro de Compras.
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Pasos para presentar libros electrónicos

Existen una serie de pasos que es imprescindible conocerlos para poder presentar los libros electrónicos, a continuación el listado:

Cierre de Libros Contables:
La contabilidad llevada en forma manual o computarizada debe cerrarse., 

Cronograma de Vencimiento:

Debes gestionar la presentación de libros electrónicos cumpliendo con el cronograma de vencimiento, ya sea tipo A o B.

Régimen Tributario:
Si perteneces al régimen especial o general, debes tenerlo en cuenta al momento de presentar tus libros electrónicos.

Elaboración de los archivos txt:
Este es el formato en el cual se presentan los libros electrónicos, estos albergan y muestran todas las operaciones de un periodo.

Revisar correctamente los archivos txt:
Los libros electrónicos una vez presentados no pueden sustituir o rectificar, mucho ojo con lo que presentas.

Comparar la constancia de validación con el PDT 621:
Es importante que comparemos los montos ingresados en el PDT 621 con la constancia de validación de los libros electrónicos.

Realizar la anotación:
Si ya generaste los archivos txt de los registros de compras y ventas, puedes comenzar a realizar la anotación.

Guardar los archivos txt:
Una responsabilidad que tienes es guardar los archivos txt y la constancia de anotación de los libros electrónicos, ello para tener un respaldo frente a fiscalizaciones futuras,

Correcciones de los libros electrónicos:
Si cometiste un error, debes subsanar. Para ello, se utiliza los estados de corrección en el siguiente periodo.

Revisar con cuidado las operaciones:
Las malas prácticas, el intento de fraude o uso inadecuado de comprobantes de pago son penadas, incluso con cárcel.

Multas y sanciones por no presentar libros electrónicos

La cantidad varía según cada año, a la fecha equivale a 0.6% de ingresos netos. Esta multa no podrá ser menor de 10% de UIT ni mayor a 25 UIT. Y algo que debes tener en cuenta siempre es que antes de pagar una multa, primero deberás subsanar la infracción.

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